Es habitual leer cada cierto tiempo referencias a la ‘calidad’ democrática de un país. De hecho The Economist, una conocida revista liberal británica, se permite el lujo de publicar un ‘ranking democrático’ en el que clasifica a los países del mundo según la ‘calidad’ de su democracia. Más allá de las deficiencias del cuestionario – con preguntas dudosas y cargadas de subjetivismo – llama la atención el escaso peso que la encuesta concede a la libertad sindical. De las 60 preguntas que incluye, sólo una hace referencia a las organizaciones sindicales: ¿existe libertad para crear organizaciones profesionales y sindicales?
Cómo esa libertad se articule o manifieste en lo concreto, en la realidad del país, no parece ser relevante para la calidad de su democracia. La única amenaza para una democracia, a ojos de los liberales redactores de The Economist, proviene del Estado. Cómo el Estado intervenga (o no) en los distintos espacios – los procesos electorales, los sistemas judiciales, la prensa… – es considerado fundamental a la hora de valorar la calidad de una democracia.
¿Pero qué ocurre en aquellos espacios en los que el poder no lo ejerce el Estado, como los centros de trabajo? ¿Qué ocurre cuando la represión no se ejerce directamente, con porras y calabozos, sino con despidos y abusos laborales? ¿Son los ciudadanos menos ciudadanos, menos merecedores de derechos, cuando cruzan la puerta de sus centros de trabajo? Mientras dura la jornada laboral, cuando el Estado está prácticamente ausente, y el ciudadano se enfrenta a un poder ‘civil’ que sin embargo tiene un control casi total sobre una parte fundamental de su vida, como es el trabajo… ¿ahí no se ve afectada la calidad de una democracia?
Del piquete al calabozo: el artículo 315.3
Según el índice de The Economist, España se clasifica en el puesto 16 como una ‘democracia plena’. Esto es, una democracia en la que las ‘libertades civiles y políticas fundamentales’ no sólo se respetan, sino que son reforzadas por ‘una cultura guiada por los principios democráticos’, con gobiernos controlados por la sociedad civil, sistemas judiciales independientes, y medios diversos e independientes.
Para cualquiera que conozca nuestro país, estas afirmaciones serán probablemente motivo de sorna. Mientras la judicatura validaba el apartheid clasista en los barrios obreros de Madrid y la policía lo imponía a golpe de porrazo frente a la Asamblea de la Comunidad, el mismo sistema judicial anuló rápidamente el confinamiento perimetral de la capital aprobado por el Gobierno central en cuanto afectó a los mismos barrios que incumplieron sistemáticamente toda regulación durante el primer Estado de Alarma con la connivencia e inacción de la policía. La independencia de un sistema judicial que lleva meses bloqueado por el Partido Popular, atrincherado en su mayoría en el órgano de gobierno de los jueces y lanzado a una guerra judicial contra el gobierno de coalición, y que funciona de forma endogámica y excluyente1, es cuanto menos dudosa. Y la ‘independencia’ de los medios, como bien desgranan algunos reportajes, es poco más que un espejismo, con lazos estrechos que vinculan a los grandes grupos mediáticos de nuestro país con empresas privadas, fondos de inversión, o antiguos jerarcas del régimen franquista.
Uno de los casos más flagrantes en relación al ‘ejercicio de las libertades civiles y políticas fundamentales’ que evalúa The Economist es, precisamente, el relativo a la libertad sindical. La huelga no sólo es un derecho constitucional, sino que, además, la actividad de los piquetes informativos ha sido reconocida en repetidas ocasiones como parte fundamental de la misma, según las sentencias del Tribunal Constitucional 254/1988, 332/1994 y 40/1995. O, al menos, lo fue hasta la aprobación del artículo 315.3, que permitió imponer penas de cárcel precisamente por participar en piquetes informativos. Cerca de trescientas personas han sido procesadas, e incluso condenadas a dichas penas, por ejercer una ‘libertad política civil y fundamental’. Y, sin embargo, como no hay referencia alguna en el cuestionario de la revista británica sobre las libertades sindicales, ni sobre el derecho a huelga, ni sobre la represión y persecución que sufren quienes la ejercen, nada de esto parece afectar a la calidad de nuestra democracia.
Que The Economist haga oídos sordos a todas estas evidentes deficiencias de nuestro sistema democrático no es sorprendente. Al fin y al cabo, el índice que elaboran funciona más como herramienta de propaganda que como un ranking serio. La realidad es que España es un país con una democracia deficitaria, que vive en una tensión constante entre quienes quieren restringirla y limitarla y quienes luchamos para fortalecerla y extenderla. Igual que sucedió con otras libertades civiles y políticas fundamentales que fueron conquistadas durante los años 70 y 80, primero del régimen franquista y después de sus herederos, la derogación del artículo 315.3 – cuyo trámite se inició anteayer – sólo ha sido posible mediante la organización y movilización de la mayoría social trabajadora.
La noticia de su derogación definitiva sería una gran victoria para todos los demócratas y progresistas españoles, pero aún queda mucho trabajo por hacer. Separar la evaluación de una democracia del desarrollo de la lucha de clases – todo aquello que otorga a la mayoría social trabajadora la capacidad de superar con organización y movilización la influencia y poder de una oligarquía dominante – termina dando pie a concepciones dudosas sobre lo que es y lo que debe ser la propia democracia.
Más allá de la ley: la lucha diaria por la democracia
Hace unos días, Iñigo Errejón, diputado por Más Madrid, realizaba una interesante intervención en el Congreso, en la que reflexionaba precisamente sobre la libertad sindical y las relaciones de poder en los centros de trabajo. Las huelgas, decía Errejón, introdujeron e introducen la democracia en los centros de trabajo. La acción sindical, en si misma, introduce la democracia en los centros de trabajo, al establecer mecanismos de participación, votación y rendición de cuentas que pueden emplearse, al menos, como contraposición al poder de los empresarios. Una democracia sin sindicatos, sin libertad sindical, no puede considerarse como tal. Una en la que los sindicatos y los sindicalistas sufran persecución, represión, chantajes o amenazas, en la que se coarte la capacidad de los trabajadores para organizarse y plantear reivindicaciones, será deficitaria – por mucho que a The Economist no parezca preocuparle tanto el poder de los empresarios como el de ‘el Estado’ (¿acaso pueden separarse?)
Y sin embargo, este es el día a día en los centros de trabajo de nuestro país. Los sindicalistas sufren todo tipo de abusos. Las prácticas antisindicales no sólo son frecuentes, sino que forman parte de la filosofía misma de algunas grandes empresas, como Mercadona. La política de Amazon, que aplica tecnologías de última generación (reconocimiento facial, inteligencias artificiales) a la represión sindical, llegando incluso a ofrecer puestos destinados a la ‘vigilancia de amenazas sindicales’, se reproducen en su versión cañí y cutre en centros de trabajo por todo nuestro país. Trabajadores que se afilian se ven sometidos a presiones para cancelar su afiliación o pasarse a los sindicatos de empresa. Delegados sindicales que plantan cara a los capataces y a los jefes son marginados, amenazados, y enviados a ‘puestos de castigo’. Todos los mecanismos y herramientas al alcance de la empresa, legales o no, son empleados para intentar doblegar y domesticar a las organizaciones sindicales.
Con constancia y firmeza, muchos de esos casos terminan en victoria para los trabajadores. También en este aspecto se han conseguido grandes victorias recientemente, ni más ni menos que contra dos gigantes: Carrefour y Telefónica. En el caso de la multinacional francesa, la persecución sindical culminó con el despido de una delegada que el pasado 12 de octubre fue reconocido como improcedente por la empresa para evitar perder el consiguiente juicio, llegando a un acuerdo con la compañera. En el caso del gigante de las telecomunicaciones, el abuso sostenido contra un delegado ha terminado en una sentencia favorable a la parte sindical en la que se reconocía la vulneración de derechos fundamentales, una histórica victoria judicial que obligará a la empresa a cesar en su acoso y reubicar al compañero.
Por desgracia, son muchos más los casos que ni siquiera conocemos. ¿La gente decide en los centros de trabajo, realmente, si puede sindicarse o no, si puede hacer huelga o no?, se preguntaba en su intervención Íñigo Errejón. ‘Si haces huelga, no te molestes en venir mañana’; ‘No está la cosa para huelgas: si no queréis trabajar, tengo 300 ahí fuera que lo harán por la mitad de dinero’; ‘Aquí no queremos líos: yo de ti, lo del sindicato me lo pensaba’… Todas ellas son frases que recordaba el diputado de Más Madrid en el Congreso, pero que se oyen con una frecuencia (y una normalidad) preocupante en nuestros centros de trabajo.
La ley, por supuesto, prohíbe y persigue este tipo de coacciones o amenazas. ¿Pero de qué vale la ley cuando hay una relación de poder tan desequilibrada, tan desigual, entre las partes en conflicto? ¿Cuándo una de ellas puede aplastar a la otra antes de que se pueda iniciar siquiera el litigio? ¿Cuándo las consecuencias negativas pueden aplastar a una parte – ya sea con el despido, o con el abuso continuado – mientras que para la otra resultan prácticamente inocuas – multas e indemnizaciones ridículas para corporaciones multimillonarias? Donde hay miedo, reflexionaba finalmente Errejón, no hay libertad. Y donde no hay libertad, no hay democracia.
Unos centros de trabajo democráticos para una sociedad democrática
Estas relaciones de poder que se establecen entre trabajadores y empresarios no son en absoluto democráticas. En su lugar, se asemejan más a la sumisión e impotencia que caracterizaba las relaciones absolutistas o feudales. No hay espacio para la disensión. El desacuerdo es considerado un acto de rebeldía que puede ser castigado con tanta dureza como quiera la parte dominante, y la reparación sólo llega tras un largo y difícil periodo que puede quebrar la fuerza de voluntad y la resistencia de los más valientes. Para muchos, la simple idea de afrontar un proceso así resulta tan amenazante que ni siquiera se atreven a dar el primer paso. Miles de voces anónimas que se ven forzadas a agachar la cabeza y tragar con lo que la empresa pone por delante, porque la diferencias de fuerzas es demasiado abrumadora.
En una democracia, expresarse, organizarse y defender los intereses propios no debería ser motivo de preocupación, ni provocar miedo. La represión más efectiva es la que no tiene que llegar a concretarse: si basta con la perspectiva de las consecuencias, si son los oprimidos los que se contienen, los que se muerden la lengua, y los opresores jamás tienen que mancharse las manos, entonces la opresión es fácil de esconder. En países como el nuestro, en el que la mayoría social se compone de trabajadores o pequeños empresarios que dependen de su trabajo, de sus salarios, para sobrevivir, cualquiera con poder para privarles de ese trabajo, de ese salario, está en una posición de poder casi absoluta. Todos estos criterios, que para The Economist son evidentes en el caso de que el opresor sea ‘el Estado’, parecen perder toda relevancia cuando la opresión responde a una relación de clase.
¿Son las políticas determinadas por los representantes libremente elegidos?, pregunta The Economist. Si la respuesta es sí, el cuestionario otorga un punto; si la respuesta es que tienen cierta capacidad de influencia, el cuestionario otorga medio punto; y si la respuesta es no, entonces no se conceden puntos. ¿Tienen los representantes del Comité de Empresa, los únicos libremente (y en ocasiones, ni siquiera) elegidos, poder de decisión en las empresas? Ninguna empresa de este país sumaría nada en esta pregunta. Y lo tendrían francamente difícil en cualquiera de las otras cincuenta y nueve: si el cuestionario de la revista británica se aplicara a las empresas, todas y cada una de ellas serían clasificadas sin ninguna duda como regímenes autoritarios. ¿Es posible que una sociedad sea democrática, cuando un espacio social tan considerable replica de forma sistemática dinámicas autoritarias?
¿Cómo revertir esta situación? ¿Cómo combatir el absolutismo empresarial? Del mismo modo que los Parlamentos limitaron el poder de los reyes, los Comités de Empresa deben limitar el de los empresarios. También en las empresas el poder ejecutivo – directivos, Consejos de Administración – debe plegarse al poder legislativo, el que es elegido mediante el voto directo, el que es verdaderamente representativo. Los despidos, las contrataciones, la organización del trabajo, no pueden estar exentos de control democrático. El Comité de Empresa, y no el Consejo Directivo, debe ser el eje de la vida en el centro de trabajo.
Las empresas perviven, aún hoy en día, como reductos de absolutismo. Es desde estos centros de trabajo sometidos a abusos, persecuciones y amenazas, a relaciones de poder propias de otros tiempos, desde donde se extienden hacia el resto de la sociedad los tentáculos del verdadero autoritarismo: democratizar las empresas es imprescindible para democratizar la sociedad.
Claro que, para medir la calidad de una democracia así, The Economist tendría que preguntar menos a catedráticos y sesudos expertos, y más a gente corriente como los sindicalistas que la defienden y construyen día a día. Al fin y al cabo, de eso trata la democracia: de que sea la voz de la gente corriente, y no la de una minoría – ya sea por sangre, ya sea por poder adquisitivo, ya sea por conocimientos técnicos – la que determine la razón de las cosas.
Notas
- El 98,4% de los jueves graduados en 2020 recibieron apoyo económico de sus padres, mientras que sólo un 4,8% de ellos fueron beneficiarios de alguna beca. En palabras de Fernando de la Fuente, viceportavoz de Jueces para la Democracia (JPD), ‘solo aprueben los mejores de entre aquellos que pueden permitírselo’, lo que relega a la población con menos recursos a la exclusión del sistema judicial, ¿Son realmente los jueces una élite endogámica y conservadora?